●En ellas, se dan respuesta a diversas consultas hechas por una ciudadana. 

●Asimismo, se aprobó la fecha y modo en el que habrá de destruirse la documentación electoral utilizada durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

 MEXICALI, B. C. 26 DE MAYO DE 2025. – En la 29ª Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), dio respuesta a distintas consultas realizadas ante esta autoridad por la ciudadana Ma. Teresita Díaz Estrada, en cumplimiento a diversas sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California. 

En relación a la primera consulta, la ciudadana solicitó la implementación de una acción afirmativa que garantice la prevención, atención y sanción de la violencia política en razón de orientación sexual, identidad de género y expresión de género en Baja California.

Al respecto, se informó que durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, el Consejo General emitió Lineamientos que garantizan el cumplimiento de los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación y registro de candidaturas, con acciones afirmativas en favor de grupos de atención prioritaria, en el que se incluyen a integrantes de la comunidad LGBTTTIQA+.

La segunda consulta abordó la instalación de señalización en sistema braille en las instalaciones del IEEBC. En este sentido, se informó que ya se iniciaron las gestiones para implementar esta medida, con el objetivo de consolidar una democracia más inclusiva.

En la tercera consulta se solicita el debido cumplimiento del Decreto No. 39 aprobado por el Congreso del Estado de Baja California, en el cual se establece la Ley de Capacitación en Materia de Género, de Prevención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres para el estado de Baja California.

Se detalló que el IEEBC ha realizado diversas capacitaciones para su personal y cuenta con un grupo especializado que atiende casos de violencia política contra las mujeres, capacitándose constantemente en perspectiva de género con enfoque en materia electoral y atención a víctimas.

En la siguiente consulta se solicitó que, a partir del año 2025, todas las reuniones de trabajo que se realicen con el grupo prioritario LGBTTTIQA+, ya sean de carácter público o privado, cuenten con una carta estenográfica detallada.

Al respecto, se explicó que legalmente no es posible establecer esta medida como acción afirmativa, pues la participación en asuntos públicos ya se garantiza mediante la asistencia y uso de la voz de las personas interesadas en dichas reuniones.

En la última consulta, se solicita el acceso a todos los videos originados de reuniones entre el Instituto Electoral y las representaciones del grupo prioritario LGBTTTIQA+, durante los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, públicos y privados.

Al respecto, se destacó que la máxima publicidad es uno de los principios que rigen la función electoral, y para poder consultar información en relación a los años anteriores se debe seleccionar la opción “sesiones históricas” y seleccionar el año y fecha de la sesión que se pretende consultar.

Durante la sesión, se aprobó la fecha y modo en que habrá de ser destruida la documentación electoral utilizada en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

Al respecto, la consejera electoral y presidenta de la Comisión de Procesos Electorales, Vera Juárez Figueroa, señaló que entre la documentación a eliminar, se encuentran las boletas electorales utilizadas durante la jornada del pasado 2 de junio de 2024, así como las actas de cómputo distrital para la elección de Ayuntamiento y diputaciones locales, acta de la jornada electoral, clasificador de votos, constancia de resultados, guía de apoyo para la clasificación de los votos, entre otros; exceptuando la documentación que, a solicitud de la Coordinación de Informática y Estadística Electoral, será resguardada para utilizarse en ejercicios de simulacros en futuros procesos electorales.

Juárez Figueroa señaló que el acto deberá efectuarse en un plazo máximo de 39 días hábiles, de conformidad con los plazos establecidos en los Lineamientos para la Destrucción de la Documentación Electoral utilizada durante los Procesos Electorales Locales.