El Pleno de la Vigésima Segunda Legislatura aprobó los nombramientos de los Órganos Técnicos y Administrativos del Congreso del Estado, durante la sesión ordinaria de este día, conducida por el presidente de la Mesa Directiva, diputado Raúl Castañeda Pomposo.
Correspondió al presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Alejandro Arregui Ibarra presentar ante el Pleno dicho acuerdo.
De esta forma, se aprobaron los siguientes nombramientos: como Titular de la Dirección de Administración, José Luis Marín Berumen; como Titular de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, Raymundo Vega Andrade y como Titular de la Dirección de Procesos Parlamentarios, Daniel de León Ramos.
Así mismo, como Titular de la Dirección de Consultoría Legislativa, Anwar Ramos Gaona; como Titular de la Unidad de Contraloría Interna, Jaime Vargas Flores, como Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, Sergio Eduardo Moreno Herrejón; como Titular de la Unidad de Transparencia, Yabneth Leyva Flores, y como Titular de la Unidad de Comunicación Social, Mario Alberto Palacios Romero.
Una vez aprobados los nombramientos por el Pleno, los Titulares de los Órganos Técnicos y Administrativos mencionados, rindieron la protesta de Ley correspondiente, ejerciendo sus funciones establecidas en la Ley Orgánica que rige al Congreso, a partir del próximo lunes 12 de diciembre, con excepción del José Luis Marín Berumen, que la ejercerá a partir del 31 de diciembre de este año.
Cabe mencionar que en Sesión Ordinaria celebrada el 24 de noviembre del presente año, el Congreso aprobó la reforma, derogación y adición de diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California, entre los cuales se suprimen los Órganos de Apoyo Parlamentario y Administrativo y se crean los Órganos Técnicos y Administrativos como áreas profesionales, todo ello en el marco de la reingeniería iniciada en la XXII Legislatura del Congreso del Estado.
Tal y como se estableció en un tercer punto de dicho acuerdo parlamentario, los servidores públicos cuya relación de trabajo haya resultado extinguida en virtud de las reformas a las que se refiere la consideración segunda del presente documento, se indemnizarán conforme a la Ley.
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