
•Presenta posicionamiento sobre su iniciativa de reforma por la que se modifican dos artículos del Código Civil
•Una sentencia puede retirar derechos a un padre o a una madre, pero no privar injustificadamente a infancias y adolescencias del afecto, y vínculos que fortalecen su desarrollo
Mexicali, B.C. miércoles 8 de julio de 2026.- En Baja California debemos construir un marco jurídico que otorgue certeza, proteja a nuestras niñas y niños y coloque su bienestar por encima de cualquier diferencia entre los adultos, indicó el Diputado Adrián Humberto Valle Ballesteros.

Así lo señaló el Diputado del Partido Revolucionario Institucional, al presentar un posicionamiento relativo a su iniciativa de reforma por el que se modifican dos artículos del Código Civil para el Estado de Baja California.
Lo que esta iniciativa evita, es que la convivencia se suprima automáticamente o por decisiones unilaterales que no respondan al bienestar de los menores, debido a que legislar con perspectiva de infancia, significa escuchar la voz de quienes muchas veces no pueden defenderse por sí mismos.

“Significa entender que una sentencia puede retirar derechos a un padre o a una madre, pero nunca debe privar injustificadamente a un niño del afecto, de la identidad y de los vínculos que fortalecen su desarrollo”.
Esta iniciativa, no pretende proteger derechos de los padres por encima de los hijos, sino todo lo contrario. Lo que busca es reconocer expresamente que el derecho de convivencia pertenece principalmente a las infancias y adolescencias.

Tienen el derecho a conservar los lazos afectivos con ambos progenitores y con su familia extensa, siempre y cuando esa convivencia no represente un riesgo para su integridad física, psicológica o emocional.

Actualmente, el Código Civil únicamente señala que quien tenga la guarda, custodia o patria potestad debe «procurar» el acercamiento con el otro progenitor. Esa palabra resulta insuficiente, porque procurar, puede significar intentar, pero no necesariamente cumplir, resultando entonces ambigua a la interpretación.

“Nosotros -dijo- proponemos sustituir esa visión por una verdadera obligación jurídica: respetar, favorecer, garantizar y facilitar la convivencia, siempre que exista seguridad y que no exista resolución judicial que la limite”.

“Quiero ser muy claro: esta reforma no obliga a convivencias cuando exista violencia, abuso o cualquier situación que ponga en riesgo a las niñas y los niños. En esos casos, seguirá siendo la autoridad judicial quien determine, con base en pruebas y con plena protección al interés superior de la niñez, las restricciones necesarias”.